Autodeclaración de Estatus Sanitario

De acuerdo a las directrices del Código sanitario para los animales terrestres (Código terrestre) o el Código sanitario para los animales acuáticos (Código acuático), los Miembros de la OMSA pueden optar por declarar la condición libre de una enfermedad en su territorio, zona o compartimento. El Miembro que desee que su autodeclaración sea publicada, debe proporcionar las evidencias del cumplimiento de las directrices contenidas en los correspondientes capítulos de los Códigos.

Seld-declared disease status ©World Organisation for Animal Health/S.N.Puetate Medina

Advertencia

La OMSA, tras realizar una examen administrativo y técnico de una autodeclaración sobre el estatus libre de enfermedad de un país, zona o compartimento («autodeclaración»), según lo descrito en los procedimientos operativos estándar para las autodeclaraciones, se reserva el derecho de publicar o no la autodeclaración en su sitio web. Esta decisión es inapelable y no existe ninguna posibilidad de recurso. La publicación de una autodeclaración en el sitio web de la OMSA no refleja la opinión oficial de la OMSA. La responsabilidad por la información contenida en una declaración recae por completo en el Delegado de la OMSA del País Miembro concernido. Ni la OMSA ni ninguna persona que actúe en su nombre podrán ser consideradas responsables de:

  1. cualquier error, inexactitud u omisión en el contenido de una autodeclaración;
  2. el uso que se haga de la información que figura en una autodeclaración;
  3. cualquier consecuencia directa o indirecta de toda índole que se derive o se relacione con el uso de la información contenida en una autodeclaración.

Publicación

Las publicaciones de autodeclaraciones libres de enfermedad se manejan de manera objetiva y transparente, regidas por el Procedimiento Operativo Estándar que se detalla a continuación.


Zona libre de enfermedades equinas (EDFZ)

Los Miembros de la OMSA también pueden enviar para su publicación, una autodeclaración de una zona libre de enfermedades equinas (EDFZ), por sus siglas en ingles). La EDFZ contiene una población o subpoblación equina con un estatus sanitario específico con respecto a ciertas enfermedades de los equinos para las cuales la Autoridad Veterinaria se declara libre. El establecimiento de una EDFZ es un enfoque basado en los riesgos que consideren los Miembros de la OMSA que planean organizar competiciones internacionales de deportes ecuestres. Al establecer una EDFZ, los riesgos de enfermedad en la zona pueden ser mitigados con anticipación para que los equinos puedan ingresar y regresar de manera segura a su país de origen o hacia otros destinos. Las directrices para ayudar a los países a establecer una EDFZ y publicar su autodeclaración están disponibles para descargar


Autodeclaraciones publicadas recientemente

Tenga en cuenta que los pdf de algunas autodeclaraciones sólo están disponibles en el idioma original de presentación de la solicitud y que se han desactivado los enlaces a las autodeclaraciones no activas. Si desea seleccionar varios elementos en el panel, pulse Ctrl.

*La fecha en la columna «desde» puede diferir de la fecha de la primera conformidad de un Miembro con las normas internacionales de la OMSA. Consulte la publicación correspondiente para obtener detalles específicos.

Muy pronto, en WAHIS habrá mayor información disponible sobre la situación sanitaria histórica y actual de los Miembros.


Recursos


Para consultas sobre autodeclaraciones anteriores que ya no tienen un estatus activo