Código Sanitario para los Animales Terrestres |
Modelo de certificado veterinario para el comercio internacional de animales de laboratorio
Introducción y ámbito de aplicación
El transporte de animales de laboratorio entre instituciones constituye una importante actividad especializada que respalda la investigación científica. La utilización y el transporte de animales de laboratorio es esencial para ciertas investigaciones médicas y veterinarias.
La mayoría de los animales de laboratorio que se utilizan y transportan son ratas, ratones y peces. Otras especies empleadas en cantidades relativamente pequeñas incluyen los cobayas, hurones, jerbos, hámsters, conejos, gatos, perros, cerdos, anfibios y unas pocas especies de primates no humanos.
Este capítulo se aplica a todas las especies de animales, a excepción de las abejas.
Notas de explicación sobre el uso de los certificados veterinarios
Observaciones generales
El certificado deberá completarse con letras mayúsculas, para mayor legibilidad. Para confirmar una opción, se marca la casilla con una cruz (X). Es importante asegurarse de que, en el certificado, no queden espacios en blanco que permitan modificarlo sin autorización. Deberán tacharse los campos que no procedan. La información brindada en el certificado deberá ser correcta en el momento de su expedición.
Parte I. Detalles de la remesa para exportación
País: | Nombre del país que expide el certificado. |
Recuadro I.1. | Nombre y dirección completa de la persona, natural o jurídica, que envía la remesa. Se recomienda indicar los datos del contacto, tales como el número de teléfono y de fax o la dirección electrónica. |
Recuadro I.2. | El número de referencia del certificado es el número utilizado por la autoridad veterinaria del país para identificar el certificado. |
Recuadro I.3. | Nombre de la autoridad veterinaria. |
Recuadro I.4. | Nombre y dirección completa de la persona, natural o jurídica, a la que se envía la remesa. |
Recuadro I.5. | Nombre del país del que se exporta la remesa. El «código ISO» hace referencia al código internacional normalizado de dos letras (código ISO 3166-1 Alpha-2 ) establecido para cada país por la Organización Internacional de Normalización. |
Recuadro I.6. | Nombre de la zona o compartimento de origen, si procede, en la parte III del certificado (de acuerdo con el Capítulo 4.4. del Código Terrestre). |
Recuadro I.7. | Nombre del país de destino. El «código ISO» hace referencia al código internacional normalizado de dos letras (código ISO 3166-1 Alpha-2) establecido para cada país por la Organización Internacional de Normalización. |
Recuadro I.8. | Nombre de la zona o compartimento
de destino, si procede, en la parte III del certificado (de acuerdo
con el Capítulo 4.4. del Código Terrestre). |
Recuadro I.9. | Nombre y dirección completa
del lugar o los lugares de exportación de los animales, y número
de aprobación o registro oficial, si es necesario. |
Recuadro I.10. | Nombre del lugar del que se
expiden los animales (instalación aérea, marítima o terrestre). |
Recuadro I.11. | Fecha de salida y, si se conoce,
hora de salida prevista. |
Recuadro I.12. | Identificación del medio de
transporte, si se conoce en el momento en que se emite el certificado.
Número de vuelo, aerolínea y designación del aeropuerto (para el
transporte aéreo). Nombre y dirección del transportista (para el
transporte por carretera). Nombre y señas de contacto de una persona
para caso de emergencia. |
Recuadro I.13. | Nombre del puesto fronterizo
previsto al que se dirige la remesa. También se recomienda brindar
su Código para las Localizaciones del Comercio y del Transporte
de las Naciones Unidas, ver:http://live.unece.org/cefact/locode/service/location.html. |
Recuadro I.14. | Número(s) de autorización CITES
si las especies figuran en la lista de la Convención sobre el Comercio
Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre. |
Recuadro I.15. | Descripción de los animales.
Utilizar los títulos que figuran en el Sistema Armonizado de la
Organización Mundial de Aduanas www.wcoomd.org. |
Recuadro I.16. | Número total de animales. |
Recuadro I.17. | La temperatura alrededor del
contenedor de carga deberá mantenerse generalmente entre 10-28 °C
durante el transporte. Para los animales con otros requisitos, se
deberá indicar aquí el rango de temperatura específico. |
Recuadro I.18. | Número total de unidades (por
ejemplo: cajas, jaulas o compartimientos) en los que se transportan
los animales de la remesa. |
Recuadro I.19. | Identificación de los números
de contenedores/sello, si los hay. |
Recuadro I.20. | Detalles sobre la naturaleza de los animales. Indicar especie (nombre científico); sistema de identificación; número de identificación u otros elementos importantes; cantidad y, si es necesario, designación de la cepa/o colonia, sexo, edad o peso. Cuando esté disponible, se deberán emplear las convenciones de designaciones internacionales, ver por ejemplo: http://www.informatics.jax.org/mgihome/nomen/strains.shtmlhttp://www.informatics.jax.org/mgihome/nomen/gene.shtml. Para los animales que tengan un pasaporte internacional oficial, indicar el número de pasaporte. |
Parte II. Clasificación de la condición microbiológica
Recuadro II. | Animales convencionales: son aquellos en los que se desconoce la presencia o ausencia de microorganismos y parásitos específicos debido a la ausencia de pruebas, tratamiento o vacunación. Esta categoría incluye animales domésticos y salvajes caupturados mantenidos en condiciones microbiológicas sin control. |
Animales libres de gérmenes patógenos específicos (LPE): son aquellos que están libres de uno o más parásitos o microorganismos infecciosos. Se pueden dividir en dos categorías: Animales LPE condicionados: son aquellos que han pasado por pruebas, tratamiento y/o vacunación para garantizar la ausencia de uno o más parásitos o agentes microbianos. Los agentes suelen ser importantes para el hombre o la agricultura o son agentes infecciosos específicos a ciertas especies capaces de producir una enfermedad clínica significativa o repercutir en la investigación. A menudo, los animales LPE condicionados no se mantienen en instalaciones especializadas para prevenir la introducción de otros agentes infecciosos y se transportan casi siempre en contenedores normales, sin filtros. Las especies más grandes como los primates no humanos y los perros y gatos con frecuencia se mantienen como animales LPE condicionados. Animales LPE criados en contención: son aquellos se han reproducido en ausencia de uno o más parásitos o agentes microbianos, en instalaciones especializadas para excluir estos agentes, al igual que los de importancia para el hombre y la agricultura. Su estatus microbiológico se ha establecido ya sea mediante pruebas individuales en cada animal o a través de un muestreo representativo de animales de la colonia. Se transportan en contenedores con filtros y existen procedimientos y equipos específicos para su acondicionamiento, su salida y manipulación. Esta subcategoría también incluye animales, ya sea axénicos (libres de microbios) o con sólo unos pocos microorganismos o especies bien definidos. Se deben producir y mantener en un ambiente estéril (a menudo en aisladores) sin ningún contacto con los organismos comensales presentes en los humanos, animales o el entorno. |
Parte III. Datos zoosanitarios
Recuadro III. | Esta parte debe cumplimentarse teniendo en cuenta los requisitos convenidos por las autoridades veterinarias del país importador y del país exportador, conforme a lo recomendado en el Código Terrestre. Certificado de condición física para el transporte, sujeto a todas las condiciones o requisitos especiales indicados en el mismo. |
Recuadro III.a. | Número de referencia: véase el recuadro I.2. |
Veterinario oficial | Nombre, dirección, cargo oficial, fecha de firma y sello oficial de los Servicios Veterinarios. |
Modelo de certificado veterinario para el comercio internacional de animales de laboratorio
PAÍS:
Parte I: Detalles sobre el envio | I.1. Expedidor: Nombre: Dirección: | I.2. Número de referencia del certificado: |
I.3. Autoridad veterinaria: | ||
I.4. Destinatario: Nombre: Dirección: | ||
I.5. País de origen: Código ISO*: | I.6. Zona o compartimento de origen**: | |
I.7. País de destino: Código ISO*: | I.8. Zona o compartimento de destino**: | |
I.9. Lugar de origen: Nombre: Dirección: | ||
I.10. Lugar de carga: | I.11. Fecha de salida: | |
I.13. Puesto fronterizo previsto: | ||
Avión □ Detalles importantes
□ Vehículo de carretera □ Barco □ | I.14. Número(s) de autorización
CITES**: | |
I.15. Descripción de los animales: Código del sistema armonizado* si se conoce: | I.16. Cantidad total de animales: | |
I.17. Temperatura: | I.18. Cantidad total de unidades: | |
I.19. Identificación del contenedor
/ número del precinto: | ||
* Facultativo.
** Si existe una referencia en la parte III.
PAÍS:
Parte II: Informaciones zoosanitarias | II.a. Número de referencia del certificado: | |
II. Libres de gérmenes patógenos específicos | ||
Otro - especificar: | ||
III. Condición física para el transporte | ||
nb: primera adopción en 2012.
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