Código Sanitario para los Animales Terrestres

Índice | Índice analítico Capítulo 1.6. TÍTULO 1. Capítulo 1.8.

Capítulo 1.7.


Solicitud para el reconocimiento oficial de la OMSA del estatus libre de peste equina


Artículo 1.7.1.


País libre de infección por el virus de la peste equina

La siguiente información la deberán presentar los Países Miembros de la OMSA para acompañar las solicitudes para el reconocimiento oficial del estatus de país libre de infección por el virus de la peste equina, acorde con el Capítulo 12.1. del Código Terrestre.

El expediente que se presenta a la OMSA deberá seguir escrupulosamente las instrucciones que figuran a continuación bajo los encabezados del cuestionario, con el fin de describir la situación real en el país y los procedimientos que se aplican en la actualidad, explicando la razón por la cual es conforme con el Código Terrestre.

La terminología definida en el Código Terrestre y el Manual Terrestre deberá servir de referencia y utilizarse en la elaboración del expediente.

Se recomienda mencionar y adjuntar las reglamentaciones y legislaciones nacionales y las directivas de la autoridad veterinaria que se consideren pertinentes en uno de los tres idiomas oficiales de la OMSA. Si existen, también deberán indicarse los enlaces de las páginas web de los documentos en una de los idiomas oficiales de la OMSA.

Los anexos deberán redactarse en uno de los tres idiomas oficiales de la OMSA.

El Delegado del País Miembro que solicita el reconocimiento del estatus libre de peste equina para un país deberá demostrar que cumple con el Código Terrestre. Concretamente, deberá presentar los documentos que prueben que se han implementado y supervisado correctamente las disposiciones del Artículo 12.1.2.

El Delegado también deberá presentar una declaración que indique que:

  1. no ha habido ningún caso de infección por el virus de la peste equina durante al menos los 24 últimos meses;

  2. no se ha realizado ninguna vacunación sistemática contra la peste equina durante el último año;

  3. todos los équidos importados han respetado las disposiciones del Capítulo 12.1.

Asimismo, el Delegado del País Miembro que solicita el reconocimiento de ausencia histórica de enfermedad deberá presentar pruebas de la correcta implementación y supervisión de las disposiciones del Artículo 1.4.6. del Código Terrestre.

  1. Introducción

    1. Características geográficas (ríos, cadenas montañosas, etc.). Presentar una descripción general del país y, cuando proceda, de la región, incluyendo los factores físicos, geográficos o de otro tipo que puedan influir en la introducción de la infección y la propagación del virus de la peste equina, teniendo en cuenta los países fronterizos, así como otras vías epidemiológicas para la introducción potencial de la infección. Presentar mapas en los que se identifiquen las características precitadas. Explicar si el expediente incluye territorios que no sean limítrofes.

    2. Censo de poblaciones de équidos domésticos. Describir la composición de la población de équidos por especies (caballos, burros, mulas, cebras, etc.) dentro de los diversos sectores.

      Los sectores equinos se definen como équidos (incluidos burros, mulas, burdéganos y cebras) utilizados para: reproducción, competencias, ocio, exhibición, trabajo (incluido el transporte) y producción. ¿Cómo están distribuidos los sectores equinos (por ejemplo, densidad, etc.) en todo el país? Presentar tablas y mapas que se consideren pertinentes.

    3. Sectores equinos. Presentar una descripción general de la importancia relativa del sector equino en la economía del país. Tomar en cuenta los siguientes sectores y destacar cualquier cambio significativo reciente observado en la producción (adjuntar documentos pertinentes si están disponibles):

      1. équidos destinados a la reproducción;

      2. caballos para competencias;

      3. équidos destinados al ocio;

      4. équidos de exhibición;

      5. équidos de trabajo, transporte y producción (incluidos burros, mulas y burdéganos).

    4. Censo de la fauna silvestre. ¿Existen équidos silvestres cautivos, silvestres y asilvestrados en el país? Presentar estimaciones del tamaño de las poblaciones y de su distribución geográfica.

  2. Sistema veterinario

    1. Legislación. Presentar un cuadro (y cuando esté disponible, un enlace internet) que incluya todas las legislaciones veterinarias, reglamentaciones y directivas de la autoridad veterinaria en relación con la peste equina y una breve descripción de la relevancia de cada una. El cuadro deberá incluir, pero no limitarse a, la legislación sobre medidas de control de enfermedades y sistemas de compensación.

    2. Servicios Veterinarios. Describir la manera en que los Servicios Veterinarios del país cumplen con los Capítulos 1.1., 3.2. y 3.3. del Código Terrestre. Describir la forma en que supervisan, controlan, aplican y garantizan el seguimiento de todas las actividades relacionadas con la peste equina. Presentar mapas, cifras y cuadros siempre que sea posible.

    3. Facilitar información sobre cualquier evaluación PVS del país y sobre las etapas de seguimiento en el marco del Proceso PVS destacando los resultados correspondientes a la peste equina y a las especies susceptibles.

    4. Presentar una descripción de la intervención y participación de la industria, los productores, los ganaderos, incluidos los productores de subsistencia o a pequeña escala, los operarios, los paraprofesionales de veterinaria, incluyendo los trabajadores municipales en materia de sanidad animal, y otros grupos implicados en la vigilancia y el control de la peste equina. Describir el papel y la estructura de los veterinarios del sector privado (incluyendo el número y la distribución) en la vigilancia y el control de la peste equina. Incluir una descripción de los programas específicos de formación continua y concienciación en materia de peste equina a todos los niveles.

    5. Identificación de los animales, registro, trazabilidad y control de los desplazamientos. ¿Los animales susceptibles se identifican individualmente o por grupo? Describir los sistemas de trazabilidad, incluyendo los métodos de identificación de los animales y de registro de las explotaciones, rebaños o manadas, aplicables a todos los sectores equinos. ¿Cuáles son los desplazamientos habituales de los équidos en el país. Suministrar pruebas de la eficacia en la identificación de los animales y el control de sus desplazamientos; proveer un cuadro descriptivo del número, las especies implicadas, el origen y el destino de los animales y de sus productos derivados dentro del país durante los 24 últimos meses. Suministrar información sobre el pastoreo, la trashumancia y el trayecto seguido en estos movimientos.

      Describir la estrategia de gestión del riesgo en caso de movimientos no controlados de animales susceptibles (por ejemplo, migración estacional).

      Suministrar información sobre los desplazamientos ilegales detectados in los 24 últimos meses y sobre las acciones implementadas al respecto.

    6. Desplazamiento de équidos con fines de ocio, competición y exhibición. ¿Cómo se controlan los desplazamientos de estos tipos de équidos en el país? Facilitar información sobre los sistemas, en especial, sobre el uso de registros, así como sobre cualquier acontecimiento que implique desplazamientos internacionales de équidos.

    7. Describir los sistemas de comercialización, o de transferencia de propiedad, de équidos, incluso en el caso de los desplazamientos internacionales.

  3. Erradicación de la peste equina

    1. Historial. Si en el país nunca ha ocurrido la infección o si no ha ocurrido durante los 25 últimos años, declarar explícitamente si el país solicita el reconocimiento de ausencia histórica, de conformidad con el Artículo 1.4.6. del Código Terrestre.

      Si en el país ha ocurrido infección en los 25 últimos años, presentar una descripción del historial de la peste equina en el país, haciendo hincapié en los últimos años. Si procede, presentar cuadros y mapas que muestren la fecha de la primera detección, las fuentes y vías de introducción de la infección, la distribución espaciotemporal (número y localización de los brotes por año), las especies susceptibles implicadas, la fecha del último caso o la fecha de erradicación en el país.

    2. Estrategia. Describir cómo se ha logrado controlar y erradicar la peste equina (aislamiento de casos, sacrificio sanitario, zonificación, control de desplazamientos, protección de los équidos contra vectores). Precisar el calendario de erradicación. Describir y justificar las medidas correctivas que se han aplicado para evitar futuros brotes de peste equina, en respuesta a las incursiones del virus de la peste equina en el pasado.

    3. Vacunas y vacunación. Contestar brevemente las siguientes preguntas.

      1. ¿Existe una legislación que prohíba la vacunación? En ese caso:

        • Indicar la fecha en que se prohibió formalmente la vacunación;

        • brindar información sobre los casos de detección de vacunación ilegal durante el periodo de notificación y las acciones tomadas en respuesta a la detección.

      2. ¿Alguna vez se aplicó la vacunación en el país? En caso afirmativo:

        • Indicar la fecha en que se llevó a cabo la última vacunación;

        • ¿Qué tipo de vacuna se utilizó?

        • ¿Qué especies se vacunaron?

        • ¿Cómo se identificaron los animales vacunados?

        • ¿Cuál fue el destino final de dichos animales?

      3. Además, si la vacunación se aplicó durante los 24 últimos meses, describir y justificar la estrategia y el programa de vacunación, incluyendo:

        • las cepas de la vacuna;

        • las especies vacunadas;

        • la identificación de los animales vacunados;

        • la forma en que se certificó o notificó la vacunación de los animales y los registros conservados;

        • las pruebas de la conformidad de la vacuna utilizada con las disposiciones del Capítulo 3.5.1. del Manual Terrestre.

    4. Describir la legislación, organización e implementación de la campaña de erradicación. Referirse a la legislación aplicable en el marco de las campañas de erradicación y a su organización en distintos niveles. Indicar si existen manuales operativos detallados y en tal caso, resumirlos.

  4. Diagnóstico de la peste equina

    Presentar documentos que evidencien conformidad en el cumplimiento de las disposiciones de los Capítulos 1.1.2., 1.1.3. y 3.5.1. del Manual Terrestre. Aclarar los siguientes puntos:

    1. ¿Se hace el diagnóstico de laboratorio de la peste equina dentro del país? Si se hace en el país, presentar la lista de laboratorios autorizados para diagnosticar la peste equina, incluyendo:

      1. Cómo se comparte el trabajo entre diferentes laboratorios, la logística para el envío de las muestras, los procedimientos de seguimiento y los plazos para notificar los resultados;

      2. Detalles sobre la capacidad de prueba y los tipos de pruebas realizadas y su eficacia para el uso dado (especificidad y sensibilidad por tipo de prueba). Detallar el número de pruebas de detección de la peste equina realizadas en los 24 últimos meses en laboratorios nacionales y en laboratorios en otros países, si es pertinente;

      3. Procedimientos para garantizar la calidad y la acreditación oficial de laboratorios. Dar detalles sobre los sistemas certificados internos de gestión de la calidad, ya sea existentes o previstos (buenas prácticas de laboratorio, ISO, etc.);

      4. Dar detalles sobre el desempeño en pruebas de validación interlaboratorios (pruebas comparativas), incluyendo los resultados más recientes y, en su caso, las medidas correctivas aplicadas;

      5. Detallar la manipulación del agente patógeno vivo incluyendo una descripción de las medidas de bioseguridad y protección humana aplicadas;

      6. Presentar un cuadro que identifique las pruebas realizadas por cada uno de los laboratorios en donde se realizan, las normas de acreditación de calidad y bioseguridad aplicadas y las pruebas de aptitud realizadas.

    2. Si el diagnóstico de laboratorio de la peste equina no se realiza en el país, indicar los nombres de los laboratorios en otros países que brinden el servicio, así como las disposiciones vigentes, incluyendo la logística para el transporte de muestras y el plazo para obtener los resultados.

  5. Vigilancia de la peste equina

    Presentar documentos que evidencien conformidad en el cumplimiento de la vigilancia de la peste equina en el país de acuerdo a las disposiciones de los Artículos 12.1.11. a 12.1.13. del Código Terrestre y del Capítulo 3.5.1. del Manual Terrestre. Debe incluirse la siguiente información:

    1. ¿Qué criterios permiten sospechar un caso de peste equina? ¿Cuál es el procedimiento de notificación (quién debe notificar a quién), los incentivos para la notificación y las sanciones aplicadas en caso de ausencia de notificación de una sospecha?

    2. Describir la forma en que se lleva a cabo la vigilancia clínica e indicar los sectores equinos que están sometidos a dicha vigilancia, tales como explotaciones, mercados, ferias, mataderos, puntos de control, etc.

      Presentar un cuadro sinóptico que indique, al menos en los 24 últimos meses, el número de casos sospechosos, el número de muestras sometidas a pruebas de detección de la peste equina, la especie a la que pertenecía cada muestra, el tipo de muestra, las pruebas utilizadas y los resultados obtenidos (incluidos los diagnósticos diferenciales). Ofrecer una indicación sobre el calendario de respuesta incluyendo la finalización de las pruebas para confirmar o excluir la peste equina. Dar detalles sobre las medidas de seguimiento tomadas con todos los resultados dudosos y positivos.

    3. Otro tipo de vigilancia. Se implementa la vigilancia conforme con el Artículo 12.1.13., específicamente:

      1. vigilancia serológica;

      2. vigilancia virológica, incluyendo la detección del antígeno o del genoma;

      3. animales centinela;

      4. vigilancia de vectores.

      Si es el caso, facilitar datos detallados sobre la población diana, la prevalencia de diseño, el nivel de confianza, el tamaño de la muestra, la estratificación, además de los métodos de muestreo y las pruebas de diagnóstico utilizadas de acuerdo con los Artículos 12.1.11. y 12.1.13. del Código Terrestre. ¿Con qué frecuencia se realizan? ¿Qué especies de équidos se incluyen? ¿Se incluye a las especies de la fauna silvestre? Si no es el caso, explicar las razones.

      Presentar un cuadro sinóptico y mapas en los que se muestren los resultados pormenorizados de, por lo menos, los 24 últimos meses. Brindar detalles sobre las medidas de seguimiento tomadas con todos los resultados dudosos y positivos y la manera en que los resultados han sido interpretados y utilizados. Describir los criterios de selección de las poblaciones sometidas a vigilancia específica y precisar el número de équidos examinados y de muestras analizadas en laboratorios de diagnóstico. Dar detalles sobre los métodos seleccionados y aplicados para controlar la eficacia de los sistemas de vigilancia y sobre los indicadores.

    4. Proporcionar información sobre el riesgo en los diferentes sectores equinos y aportar pruebas de que se aplican estudios dirigidos para paliar deficiencias (estudios serológicos selectivos, vigilancia activa, estudios epidemiológicos participativos, evaluación del riesgo, etc.). Presentar pruebas de cómo el conocimiento adquirido a través de estas actividades contribuye a una aplicación más eficaz de las medidas de control.

    5. Dar detalles sobre la supervisión de los programas de vigilancia a cargo de los Servicios Veterinarios incluyendo los programas de formación del personal encargado de la vigilancia clínica, serológica, virológica y de otro tipo de vigilancia y sobre los métodos utilizados para incrementar la participación de la comunidad en los programas de vigilancia de la peste equina.

  6. Prevención de la peste equina

    Describir los procedimientos existentes a fin de prevenir la introducción de la peste equina en el país incluyendo detalles sobre:

    1. Coordinación con otros países. Describir los factores propios de los países limítrofes que deban tenerse en cuenta (el tamaño, la distancia entre la frontera y los rebaños o manadas o los animales afectados, corrientes de vientos y la posible propagación de vectores). Describir las actividades de coordinación, colaboración e intercambio de información con los países de la misma región o el mismo ecosistema.

      Si el país libre de peste equina linda con un país o una zona infectados, describir las medidas zoosanitarias aplicadas para prevenir de forma efectiva la introducción del agente patógeno o de los vectores, teniendo en cuenta las condiciones estacionales de los vectores y las barreras físicas, geográficas y ecológicas existentes.

      ¿Se han establecido zonas de protección? En este caso, brindar detalles sobre las medidas que se aplican (vacunación, vigilancia intensificada, control de la densidad de especies susceptibles) y suministrar un mapa georeferenciado de las zonas.

    2. Descripción de las medidas aplicadas para prevenir efectivamente la introducción del agente patógeno, teniendo en cuenta las barreras físicas o geográficas. Describir las medidas aplicadas para prevenir la propagación del agente patógeno dentro del país. Aportar pruebas de que se han instaurado medidas en los mercados para reducir la transmisión de la peste equina, tales como mejoras en los conocimientos sobre los mecanismos de transmisión de la peste equina y los comportamientos que puedan interrumpir la transmisión y aplicación de operaciones sistemáticas de buenas prácticas de bioseguridad, higiene y desinfección en los puntos críticos de las redes de producción y comercialización (normalmente donde se desplazan y comercializan los animales a través del país o de la región).

    3. Procedimientos de control de importaciones

      Facilitar información sobre los países, las zonas o los compartimentos desde los que el país autoriza la importación de animales susceptibles o de sus productos derivados. Describir los criterios que se aplican para autorizar a esos países, zonas o compartimentos, los controles de entrada a los que se somete a dichos animales y productos, así como a su posterior desplazamiento interno. Describir las medidas de importación (cuarentena) y los procedimientos para las pruebas de diagnóstico exigidos. Indicar si se exige mantener en cuarentena o aislar durante un periodo a los animales importados de especies susceptibles y, en caso afirmativo, la duración y el lugar de la cuarentena. Precisar si se exigen permisos de importación y certificados veterinarios internacionales.

      Describir cualquier otro procedimiento utilizado para evaluar los riesgos planteados por la importación de animales susceptibles o de sus productos derivados. Presentar una síntesis estadística de las importaciones de animales susceptibles y de los productos derivados durante al menos los 24 últimos meses, incluyendo importaciones temporales y nuevas entradas, especificando el país, las zonas o los compartimentos de origen, las especies importadas y el número o volumen de cada importación, así como el destino dentro del país. Especificar si los brotes de enfermedad han sido asociados a las importaciones o a los desplazamientos transfronterizos de équidos domésticos.

      1. Presentar un mapa en el que figuren el número y la localización de los puertos, aeropuertos y vías de circulación terrestre fronterizos. Describir los órganos de dirección, las categorías de personal y los recursos del servicio encargado del control de las importaciones, así como sus obligaciones con la autoridad veterinaria. Describir los sistemas de comunicación entre la autoridad veterinaria y los puestos en las fronteras, así como entre estos últimos.

      2. Mencionar las normativas y describir los procedimientos, así como el tipo y la frecuencia de las inspecciones, la gestión del no cumplimiento en el lugar de entrada al país o el lugar de destino final, en relación con la importación y el seguimiento de:

        • équidos;

        • material genético (semen, ovocitos y embriones de las especies de équidos);

        • productos y subproductos derivados de équidos;

        • productos médico-veterinarios.

  7. Medidas de control y planes de emergencia

    1. Mencionar cualquier tipo de directrices escritas, incluidos los planes de emergencia, de las que dispongan los Servicios Veterinarios para hacer frente a sospechas o brotes confirmados de peste equina. El plan de emergencia debe adjuntarse como anexo en uno de los idiomas oficiales de la OMSA; si no está disponible, deberá incluirse un resumen de su contenido. Facilitar información sobre los ejercicios de simulacro de peste equina que se hayan llevado a cabo en el país en los cinco últimos años.

    2. En caso de sospecha o brote confirmado de peste equina:

      1. ¿Se imponen medidas de cuarentena en las explotaciones en que se detectan casos sospechosos en espera del diagnóstico definitivo? ¿Qué otros procedimientos se aplican con respecto a los casos sospechosos (por ejemplo, inmovilización)?

      2. Indicar los métodos de muestreo, expedición y pruebas de control previstos para identificar y confirmar la presencia del agente patógeno;

      3. Describir las medidas previstas para controlar la situación de la enfermedad en las explotaciones en las que se ha confirmado el brote y sus alrededores;

      4. Presentar una descripción detallada de los procedimientos de control o de erradicación previstos (por ejemplo, rastreo prospectivo y retrospectivo, control de desplazamientos, desinfección de las explotaciones, vehículos y equipos, incluidos los métodos de verificación, vacunación, sacrificio sanitario, caballerizas protegidas contra vectores, métodos de eliminación de animales muertos y de otros productos o materiales contaminados, descontaminación, campañas de concienciación de ganaderos). En caso de una vacunación de emergencia, indicar el origen y el tipo de vacuna empleado; añadir detalles sobre los esquemas de abastecimiento y almacenamiento de las vacunas;

      5. Describir los criterios y procedimientos previstos para confirmar el control o la erradicación de un brote, incluyendo las estrategias en materia de repoblación, el uso de animales centinela, los programas de vigilancia serológica, etc.;

      6. Dar detalles sobre las indemnizaciones disponibles para los propietarios, ganaderos, etc., cuando los animales se sacrifican con fines de control o de erradicación de la enfermedad y sobre el plazo estipulado para los pagos;

      7. Describir cómo los esfuerzos de control, incluyendo la vacunación y la bioseguridad, están dirigidos a los puntos de control de riesgos críticos.

  8. Restitución del estatus de país libre

    Los Países Miembros que soliciten el reconocimiento de la restitución del estatus de país libre de peste equina deberán cumplir las disposiciones del Artículo 12.1.5. del Código Terrestre y suministrar la información especificada en las secciones 3 a), 3 b), 3 c) y 6 del presente cuestionario. La información de las otras secciones sólo se presentará si resulta apropiada.


Artículo 1.7.2.


Zona libre de infección por el virus de la peste equina

La siguiente información la deberán presentar los Países Miembros de la OMSA para acompañar las solicitudes para el reconocimiento oficial del estatus de zona libre de infección por el virus de la peste equina, acorde con el Capítulo 12.1. del Código Terrestre.

El expediente que se presenta a la OMSA deberá seguir escrupulosamente las instrucciones que figuran a continuación bajo los encabezados del cuestionario, con el fin de describir la situación real en el país y los procedimientos que se aplican en la actualidad, explicando la razón por la cual es conforme con el Código Terrestre.

La terminología definida en el Código Terrestre y el Manual Terrestre deberá servir de referencia y utilizarse en la elaboración del expediente.

Se recomienda mencionar y adjuntar las reglamentaciones y legislaciones nacionales y las directivas de la autoridad veterinaria que se consideren pertinentes en uno de los tres idiomas oficiales de la OMSA. Si existen, también deberán indicarse los enlaces de las páginas web de los documentos en una de los idiomas oficiales de la OMSA.

Los anexos deberán redactarse en uno de los tres idiomas oficiales de la OMSA.

El Delegado del País Miembro que solicita el reconocimiento del estatus libre de peste equina para una zona deberá demostrar que cumple con el Código Terrestre. Concretamente, deberá presentar los documentos que prueben que se han implementado y supervisado correctamente las disposiciones del Artículo 12.1.2.

El Delegado también deberá presentar una declaración que indique que:

  1. no ha habido ningún caso de infección por el virus de la peste equina en la zona durante al menos los 2 últimos años;

  2. no se ha realizado ninguna vacunación sistemática contra la peste equina en la zona durante el último año; y

  3. todos los équidos importados en la zona han respetado las disposiciones del Capítulo 12.1.

Asimismo, el Delegado del País Miembro que solicita el reconocimiento de ausencia histórica de enfermedad deberá presentar pruebas de la correcta implementación y supervisión de las disposiciones del Artículo 1.4.6. del Código Terrestre.

  1. Introducción

    1. Características geográficas (ríos, cadenas montañosas, etc.). Presentar una descripción general del país y de la zona y, cuando proceda, de la región, incluyendo los factores físicos, geográficos o de otro tipo que puedan influir en la introducción de la infección y la propagación del virus de la peste equina, teniendo en cuenta los países o zonas fronterizos, así como otras vías epidemiológicas para la introducción potencial de la infección.

      Los límites de la zona y, en su caso, de la zona de protección deberán estar claramente definidos. Presentar mapas en los que se identifiquen las características precitadas, incluyendo un mapa digitalizado y georeferenciado con un texto en el que se describan con precisión las fronteras geográficas de la zona.

    2. Censo de poblaciones de équidos domésticos. Describir la composición de la población de équidos por especies (caballos, burros, mulas, cebras, etc.) dentro de los diversos sectores en el país y la zona.

      Los sectores equinos se definen como équidos (incluidos burros, mulas, burdéganos y cebras) utilizados para: reproducción, competencias, ocio, exhibición, trabajo (incluido el transporte) y producción. ¿Cómo están distribuidos los sectores equinos (por ejemplo, densidad, etc.) en todo el país y en la zona? Presentar cuadros y mapas que se consideren pertinentes.

    3. Sectores equinos. Presentar una descripción general de la importancia relativa del sector equino en la economía del país y de la zona. Tomar en cuenta los siguientes sectores y destacar cualquier cambio significativo reciente observado en la producción (adjuntar documentos pertinentes si están disponibles):

      1. équidos destinados a la reproducción;

      2. caballos para competencias;

      3. équidos destinados al ocio;

      4. équidos de exhibición;

      5. équidos de trabajo, transporte y producción (incluidos burros, mulas y burdéganos).

    4. Censo de la fauna silvestre. ¿Existen équidos silvestres cautivos, silvestres y asilvestrados en el país y la zona? Presentar estimaciones del tamaño de las poblaciones y de su distribución geográfica.

  2. Sistema veterinario

    1. Legislación. Presentar un cuadro (y cuando esté disponible, un enlace internet) que incluya todas las legislaciones veterinarias, reglamentaciones y directivas de la autoridad veterinaria en relación con la peste equina y una breve descripción de la relevancia de cada una. El cuadro deberá incluir, pero no limitarse a, la legislación sobre medidas de control de enfermedades y sistemas de compensación.

    2. Servicios Veterinarios. Describir la manera en que los Servicios Veterinarios del país cumplen con los Capítulos 1.1.3.2. y 3.3. del Código Terrestre. Describir la forma en que supervisan, controlan, aplican y garantizan el seguimiento de todas las actividades relacionadas con la peste equina. Presentar mapas, cifras y cuadros siempre que sea posible.

    3. Facilitar información sobre cualquier evaluación PVS del país y sobre las etapas de seguimiento en el marco del Proceso PVS destacando los resultados correspondientes a la peste equina y a las especies susceptibles.

    4. Presentar una descripción de la intervención y participación de la industria, los productores, los ganaderos, incluidos los productores de subsistencia o a pequeña escala, los operarios, los paraprofesionales de veterinaria, incluyendo los trabajadores municipales en materia de sanidad animal, y otros grupos implicados en la vigilancia y el control de la peste equina. Describir el papel y la estructura de los veterinarios del sector privado (incluyendo el número y la distribución) en la vigilancia y el control de la peste equina. Incluir una descripción de los programas específicos de formación continua y concienciación en materia de peste equina a todos los niveles.

    5. Identificación de los animales, registro, trazabilidad y control de los desplazamientos. ¿Los animales se identifican individualmente o por grupo? Describir los sistemas de trazabilidad, incluyendo los métodos de identificación de los animales y de registro de las explotaciones, rebaños o manadas, aplicables a todos los sectores equinos. ¿Cuáles son los desplazamientos habituales de équidos en el país o zona, y entre zonas de igual o distinto estatus sanitario para todas las especies susceptibles. Suministrar pruebas de la eficacia en la identificación de los animales y el control de sus desplazamientos; proveer un cuadro descriptivo del número, las especies implicadas, el origen y el destino de los animales y de sus productos derivados dentro del país durante los 24 últimos meses. Suministrar información sobre el pastoreo, la trashumancia y el trayecto seguido en estos movimientos.

      Describir la estrategia de gestión del riesgo en caso de movimientos no controlados de animales susceptibles (por ejemplo, migración estacional).

      Suministrar información sobre los desplazamientos ilegales detectados en los 24 últimos meses y sobre las acciones implementadas al respecto.

    6. Desplazamiento de équidos con fines de ocio, competición y exhibición. ¿Cómo se controlan los desplazamientos de estos tipos de équidos en el país o zonas? Facilitar información sobre los sistemas, en especial, sobre el uso de registros, así como sobre cualquier acontecimiento que implique desplazamientos internacionales de équidos.

    7. Describir los sistemas de comercialización, o de transferencia de propiedad, de équidos en el país o zonas, incluso en el caso de los desplazamientos internacionales.

  3. Erradicación de la peste equina

    1. Historial. Si en el país nunca ha ocurrido la infección o si no ha ocurrido durante los 25 últimos años, declarar explícitamente si la zona solicita el reconocimiento de ausencia histórica, de conformidad con el Artículo 1.4.6. del Código Terrestre.

      Si en la zona ha ocurrido infección en los 25 últimos años, presentar una descripción del historial de la peste equina en el país y en la zona, haciendo hincapié en los últimos años. Si procede, presentar cuadros y mapas que muestren la fecha de la primera detección, las fuentes y vías de introducción de la infección, la distribución espaciotemporal (número y localización de los brotes por año), las especies susceptibles implicadas, la fecha del último caso o la fecha de erradicación en la zona.

    2. Estrategia. Describir cómo se ha logrado controlar y erradicar la peste equina en la zona (aislamiento de casos, sacrificio sanitario, zonificación, control de desplazamientos, protección de los équidos contra vectores). Precisar el calendario de erradicación. Describir y justificar las medidas correctivas que se han aplicado para evitar futuros brotes de peste equina, en respuesta a las incursiones del virus de la peste equina en el pasado.

    3. Vacunas y vacunación. Contestar brevemente las siguientes preguntas.

      1. ¿Existe una legislación que prohíba la vacunación? En ese caso:

        • Indicar la fecha en que se prohibió formalmente la vacunación;

        • brindar información sobre los casos de detección de vacunación ilegal durante el periodo de notificación y las acciones tomadas en respuesta a la detección.

      2. ¿Alguna vez se aplicó la vacunación en el país? En caso afirmativo:

        • Indicar la fecha en que se llevó a cabo la última vacunación;

        • ¿Qué tipo de vacuna se utilizó en la zona y en el resto del país?

        • ¿Qué especies se vacunaron?

        • ¿Cómo se identificaron los animales vacunados?

        • ¿Cuál fue el destino final de dichos animales?

      3. Además, si la vacunación se aplicó durante los 24 últimos meses, describir y justificar la estrategia y el programa de vacunación, incluyendo:

        • las cepas de la vacuna;

        • las especies vacunadas;

        • la identificación de los animales vacunados;

        • la forma en que se certificó o notificó la vacunación de los animales y los registros conservados;

        • las pruebas de la conformidad de la vacuna utilizada con las disposiciones del Capítulo 3.5.1. del Manual Terrestre.

    4. Describir la legislación, organización e implementación de la campaña de erradicación. Referirse a la legislación aplicable en el marco de las campañas de erradicación y a su organización en distintos niveles. Indicar si existen manuales operativos detallados y en tal caso, resumirlos.

  4. Diagnóstico de la peste equina

    Presentar documentos que evidencien conformidad en el cumplimiento de las disposiciones de los Capítulos 1.1.2., 1.1.3. y 3.5.1. del Manual Terrestre. Aclarar los siguientes puntos:

    1. ¿Se hace el diagnóstico de laboratorio de la peste equina dentro el país? Si se hace en el país, presentar la lista de laboratorios autorizados para diagnosticar la peste equina. Indicar los laboratorios en los que se hace el diagnóstico de las muestras procedentes de la zona. Aclarar los puntos siguientes:

      1. Cómo se comparte el trabajo entre diferentes laboratorios, la logística para el envío de las muestras, los procedimientos de seguimiento y los plazos para notificar los resultados;

      2. Detalles sobre la capacidad de prueba y los tipos de pruebas realizadas y su eficacia para el uso dado (especificidad y sensibilidad por tipo de prueba). Detallar el número de pruebas de detección de la peste equina realizadas en los 24 últimos meses en laboratorios nacionales y en laboratorios en otros países, si es pertinente;

      3. Procedimientos para garantizar la calidad y la acreditación oficial de laboratorios. Dar detalles sobre los sistemas certificados internos de gestión de la calidad, ya sea existentes o previstos (buenas prácticas de laboratorio, ISO, etc.);

      4. Dar detalles sobre el desempeño en pruebas de validación interlaboratorios (pruebas comparativas), incluyendo los resultados más recientes y, en su caso, las medidas correctivas aplicadas;

      5. Detallar la manipulación del agente patógeno vivo incluyendo una descripción de las medidas de bioseguridad y protección humana aplicadas;

      6. Presentar un cuadro que identifique las pruebas realizadas por cada uno de los laboratorios en donde se realizan, las normas de acreditación de calidad y bioseguridad aplicadas y las pruebas de aptitud realizadas.

    2. Si el diagnóstico de laboratorio de la peste equina no se realiza en el país, indicar los nombres de los laboratorios en otros países que brinden el servicio, así como las disposiciones vigentes, incluyendo la logística para el transporte de muestras y el plazo para obtener los resultados.

  5. Vigilancia de la peste equina

    Presentar documentos que evidencien conformidad en el cumplimiento de la vigilancia de la peste equina en la zona de acuerdo con las disposiciones de los Artículos 12.1.11. a 12.1.13. del Código Terrestre y del Capítulo 3.5.1. del Manual Terrestre. Deberá incluirse la siguiente información:

    1. ¿Qué criterios permiten sospechar un caso de peste equina? ¿Cuál es el procedimiento de notificación (quién debe notificar a quién), los incentivos para la notificación y las sanciones aplicadas en caso de ausencia de notificación de una sospecha?

    2. Describir la forma en que se lleva a cabo la vigilancia clínica e indicar los sectores equinos que están sometidos a dicha vigilancia, tales como explotaciones, mercados, ferias, mataderos, puntos de control, etc.

      Presentar un cuadro sinóptico que indique, al menos en los 24 últimos meses, el número de casos sospechosos, el número de muestras sometidas a pruebas de detección de la peste equina, la especie a la que pertenecía cada muestra, el tipo de muestra, las pruebas utilizadas y los resultados obtenidos (incluidos los diagnósticos diferenciales). Ofrecer una indicación sobre el calendario de respuesta incluyendo la finalización de las pruebas para confirmar o excluir la peste equina. Dar detalles sobre las medidas de seguimiento tomadas con todos los resultados dudosos y positivos.

    3. Otro tipo de vigilancia. Se implementa la vigilancia conforme con el Artículo 12.1.13., específicamente:

      1. vigilancia serológica;

      2. vigilancia virológica, incluyendo la detección del antígeno o del genoma;

      3. animales centinela;

      4. vigilancia de vectores.

      Si es el caso, facilitar datos detallados sobre la población diana, la prevalencia de diseño, el nivel de confianza, el tamaño de la muestra, la estratificación, además de los métodos de muestreo y las pruebas de diagnóstico utilizadas de acuerdo con los Artículos 12.1.11. y 12.1.13. del Código Terrestre. ¿Con qué frecuencia se realizan? ¿Qué especies de équidos se incluyen? ¿Se incluye a las especies de la fauna silvestre? Si no es el caso, explicar las razones.

      Presentar un cuadro sinóptico y mapas en los que se muestren los resultados pormenorizados de, por lo menos, los 24 últimos meses. Brindar detalles sobre las medidas de seguimiento tomadas con todos los resultados dudosos y positivos y la manera en que los resultados han sido interpretados y utilizados. Describir los criterios de selección de las poblaciones sometidas a vigilancia específica y precisar el número de équidos examinados y de muestras analizadas en laboratorios de diagnóstico. Dar detalles sobre los métodos seleccionados y aplicados para controlar la eficacia de los sistemas de vigilancia y sobre los indicadores.

    4. Proporcionar información sobre el riesgo en los diferentes sectores equinos y aportar pruebas de que se aplican estudios dirigidos para paliar deficiencias (estudios serológicos selectivos, vigilancia activa, estudios epidemiológicos participativos, evaluación del riesgo, etc.). Presentar pruebas de cómo el conocimiento adquirido a través de estas actividades contribuye a una aplicación más eficaz de las medidas de control.

    5. Dar detalles sobre la supervisión de los programas de vigilancia a cargo de los Servicios Veterinarios incluyendo los programas de formación del personal encargado de la vigilancia clínica, serológica y virológica y sobre los métodos utilizados para incrementar la participación de la comunidad en los programas de vigilancia de la peste equina.

  6. Prevención de la peste equina

    Describir los procedimientos existentes a fin de prevenir la introducción de la peste equina en el país o zona incluyendo detalles sobre:

    1. Coordinación con otros países. Describir los factores propios de los países y zonas limítrofes que deban tenerse en cuenta (el tamaño, la distancia entre la frontera y los rebaños o manadas o los animales afectados, corrientes de vientos y la posible propagación de vectores). Describir las actividades de coordinación, colaboración e intercambio de información con los países y zonas de la misma región o el mismo ecosistema.

      Si la zona libre de peste equina se establece en un país infectado por el virus de la peste equina o linda con un país o una zona infectados, describir las medidas sanitarias aplicadas para prevenir eficazmente la introducción del agente patógeno de la enfermedad o de los vectores, teniendo en cuenta las barreras físicas, geográficas o ecológicas existentes.

      ¿Se han establecido zonas de protección? En este caso, precisar si las zonas de protección están incluidas o no en las zonas libres de peste equina propuestas y brindar detalles sobre las medidas que se aplican (vacunación, vigilancia intensificada, control de la densidad de las especies susceptibles) y suministrar un mapa georeferenciado de las zonas.

    2. Descripción de las medidas aplicadas para prevenir efectivamente la introducción del agente patógeno, teniendo en cuenta las barreras físicas o geográficas. Describir las medidas aplicadas para prevenir la propagación del agente patógeno dentro del país o zona. Aportar pruebas de que se han instaurado medidas en los mercados para reducir la transmisión de la peste equina, tales como mejoras en los conocimientos sobre los mecanismos de transmisión de la peste equina y los comportamientos que puedan interrumpir la transmisión y aplicación de operaciones sistemáticas de buenas prácticas de bioseguridad, higiene y desinfección en los puntos críticos de las redes de producción y comercialización (normalmente donde se desplazan y comercializan los animales a través del país o de la región).

    3. Procedimientos de control de importaciones

      Facilitar información sobre los países, las zonas o los compartimentos desde los que el país autoriza la importación de animales susceptibles o de sus productos derivados en su territorio o en zonas determinadas. Describir los criterios que se aplican para autorizar a esos países, zonas o compartimentos, los controles de entrada a los que se somete a dichos animales y productos, así como a su posterior desplazamiento interno. Describir las medidas de importación (cuarentena) y los procedimientos para las pruebas de diagnóstico exigidos. Indicar si se exige mantener en cuarentena o aislar durante un periodo a los animales importados de especies susceptibles y, en caso afirmativo, la duración y el lugar de la cuarentena. Precisar si se exigen permisos de importación y certificados veterinarios internacionales.

      Describir cualquier otro procedimiento utilizado para evaluar los riesgos planteados por la importación de animales susceptibles o de sus productos derivados. Presentar una síntesis estadística de las importaciones de animales susceptibles y de los productos derivados durante al menos los 24 últimos meses, incluyendo importaciones temporales y nuevas entradas, especificando el país, las zonas o los compartimentos de origen, las especies importadas y el número o volumen de cada importación, así como el destino dentro del país o zona. Especificar si los brotes de enfermedad han sido asociados a las importaciones o a los desplazamientos transfronterizos de équidos domésticos.

      1. Presentar un mapa en el que figuren el número y la localización de los puertos, aeropuertos y vías de circulación terrestre fronterizos. Describir los órganos de dirección, las categorías de personal y los recursos del servicio encargado del control de las importaciones, así como sus obligaciones con la autoridad veterinaria. Describir los sistemas de comunicación entre la autoridad veterinaria y los puestos en las fronteras, así como entre estos últimos.

      2. Mencionar las normativas y describir los procedimientos, así como el tipo y la frecuencia de las inspecciones, la gestión del no cumplimiento en el lugar de entrada a la zona o el lugar de destino final, en relación con la importación y el seguimiento de:

        • équidos;

        • material genético (semen, ovocitos y embriones de las especies de équidos);

        • productos y subproductos derivados de équidos;

        • productos médico-veterinarios.

  7. Medidas de control y planes de emergencia

    1. Mencionar cualquier tipo de directrices escritas, incluidos los planes de emergencia, de las que dispongan los Servicios Veterinarios para hacer frente a sospechas o brotes confirmados de peste equina. El plan de emergencia debe adjuntarse como anexo en uno de los idiomas oficiales de la OMSA; si no está disponible, deberá incluirse un resumen de su contenido. Facilitar información sobre los ejercicios de simulacro de peste equina que se hayan llevado a cabo en el país en los últimos cinco años.

    2. En caso de sospecha o brote confirmado de peste equina:

      1. ¿Se imponen medidas de cuarentena en las explotaciones en que se detectan casos sospechosos en espera del diagnóstico definitivo? ¿Qué otros procedimientos se aplican con respecto a los casos sospechosos (por ejemplo, inmovilización)?

      2. Indicar los métodos de muestreo, expedición y pruebas de control previstos para identificar y confirmar la presencia del agente patógeno;

      3. Describir las medidas previstas para controlar la situación de la enfermedad en las explotaciones en las que se ha confirmado el brote y sus alrededores;

      4. Presentar una descripción detallada de los procedimientos de control o de erradicación previstos (por ejemplo, rastreo prospectivo y retrospectivo, control de desplazamientos, desinfección de las explotaciones, vehículos y equipos, incluidos los métodos de verificación, vacunación, sacrificio sanitario, caballerizas protegidas contra vectores, métodos de eliminación de animales muertos y de otros productos o materiales contaminados, descontaminación, campañas de concienciación de ganaderos). En caso de una vacunación de emergencia, indicar el origen y el tipo de vacuna empleado; añadir detalles sobre los esquemas de abastecimiento y almacenamiento de las vacunas;

      5. Describir los criterios y procedimientos previstos para confirmar el control o la erradicación de un brote, incluyendo las estrategias en materia de repoblación, el uso de animales centinela, los programas de vigilancia serológica, etc.;

      6. Dar detalles sobre las indemnizaciones disponibles para los propietarios, ganaderos, etc., cuando los animales se sacrifican con fines de control o de erradicación de la enfermedad y sobre el plazo estipulado para los pagos;

      7. Describir cómo los esfuerzos de control, incluyendo la vacunación y la bioseguridad, están dirigidos a los puntos de control de riesgos críticos.

  8. Restitución del estatus de país libre

    Los Países Miembros que soliciten el reconocimiento de la restitución del estatus de zona libre de peste equina deberán cumplir las disposiciones del Artículo 12.1.5. del Código Terrestre y suministrar la información especificada en las secciones 3 a), 3 b), 3 c) y 6 del presente cuestionario. La información de las otras secciones sólo se presentará si resulta apropiada.


nb: primera adopción en 2009; última actualización en 2024.

2024 ©OIE - Código Sanitario para los Animales Terrestres

Índice | Índice analítico Capítulo 1.6. Capítulo 1.8.