Código Sanitario para los Animales Terrestres

Índice | Índice analítico Capítulo 8.6. Título 8. Capítulo 8.8.

Capítulo 8.7.


encefalitis japonesa



Artículo 8.7.1.


Disposiciones generales

A efectos del Código Terrestre, el período de incubación de la encefalitis japonesa es de 21 días.

Las normas para las pruebas de diagnóstico y las vacunas se describen en el Manual Terrestre.


Artículo 8.7.2.


Recomendaciones para las importaciones procedentes de países o zonas infectados por el virus de la encefalitis japonesa

Para los équidos

Las Autoridades Veterinarias deberán exigir la presentación de un certificado veterinario internacional que acredite que los animales:

  1. no manifestaron ningún signo clínico de encefalitis japonesa el día del embarque y,

O BIEN,

  1. permanecieron los 21 días anteriores al embarque en una estación de cuarentena protegida contra los insectos y se protegieron contra las picaduras de los insectos vectores durante su transporte de la estación de cuarentena al lugar de carga;

O BIEN

  1. se vacunaron contra la encefalitis japonesa no menos de 7 días y no más de 12 meses antes del embarque.

2011 ©OIE - Código Sanitario para los Animales Terrestres

Índice | Índice analítico Capítulo 8.6. Capítulo 8.8.